En general, la accesión es un derecho (derecho de accesión), que tiene atribuido el propietario del suelo, y que le permite hacer suyo todo aquello que quede unido a dicho suelo, ya sea en forma natural o artificial, bajo el principio superficie solo cedit. En el caso de los bienes muebles el principio accessorium sequitur principali permite que la inseparabilidad de dos o más bienes determine la adquisición del resultante en favor del dueño del bien calificable como principal.
- Accesión discreta o de frutos. Por ella el dueño del suelo pasa a ser dueño de aquello que brota del mismo en forma natural, o como consecuencia del cultivo del mismo.
- Accesión continua: Es por la que se adquiere la propiedad sobre lo que se une o incorpora, natural o artificialmente a una cosa, en calidad de accesoria y de modo inseparable.
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